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Una ley donde todos participamos en la generación de energía

La Ley 27.424 de Generación Distribuida es la que habilita a los consumidores de electricidad a que se conviertan en generadores a partir de fuente de energía renovable para autoconsumo y eventual inyección de electricidad a la red. La Ley determina que existen 3 tipos de usuarios-generadores: Pequeños (hasta 3 kW), Medianos (desde 3 kW hasta 300 kW) y Mayores (desde 300 kW hasta 2 MW).

¿Qué es la generación distribuida?

Se entiende como generación distribuida al uso de fuentes renovables, tales como el sol, para generar energía eléctrica destinada al autoconsumo, para luego inyectar el excedente de energía a la red de distribución.

ley de generación distribuida

¿Qué regula la Ley?

Creación del Registro Nacional de usuarios-generadores de Energías Renovables. La participación de un distribuidor, quien deberá cumplir con los estudios de viabilidad de la conexión, proveer la infraestructura, medidores bidireccionales y paneles. También debe hacerse cargo de la compra del total de energía inyectada a la red, el pago, facturación y lectura de medidores. El usuario–generador, por su parte, deberá entregar y facturar toda la energía sobrante del autoconsumo.

Beneficios

Al inyectar la energía sobrante a la red pública, la empresa distribuidora realiza una compra de esos kWh, generando un pago al particular. El precio del kWh lo establecerá la empresa distribuidora de acuerdo a cuadro tarifarios regulados juridiccionalmente. Toda la energía comprada por el distribuidor al usuario se verá reflejada en la factura del mes siguiente a modo de abono o descuento en el total de la cuenta.

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